miércoles, 9 de septiembre de 2009

NECESIDAD DE DIÁLOGO CONFER Y CEE

Publicado en Religión Digital el 9 de septiembre de 2009

A mediados del tórrido mes de agosto, hablaba de la necesidad de retomar posturas convergentes y dialogantes entre CONFER y la Comisión Episcopal de Vida Consagrada, de la Conferencia Episcopal española.

Para retomar el diálogo y que éste sea fluido y eficaz, la base del mismo debe estar en el reconocimiento mutuo de que todos somos Iglesia, estamos en la misma barca y debemos navegar en unión para poder mirar hacia adelante y que nuestra vida sea testimonio de nuestra fe.

Para partir, de esta base hay dos realidades que cada una de las partes debe asumir: en primer lugar lo que hace referencia a la “justa autonomía” de los religiosos, otorgada por el Código de Derecho Canónico en su c. 586, y que muy bien conoce el presidente de la comisión episcopal, al haber profesado la Regla de San Francisco, y no serle extraña la vida religiosa.

Afirmar este principio es la consecuencia lógica de tratar de hacer realidad la propia naturaleza de los Institutos, lo cual les lleva a ser portadores de un propio patrimonio carismático, que sin esta “justa autonomía” no podrían disponer de una adecuada libertad para tutelar y desarrollar sus propias reglas y constituciones buscando salvaguardar su propia identidad en el conjunto de la vida eclesial.

La autonomía es definida como “justa”, porque mira toda la vida del Instituto, sobre todo en relación a su gobierno, con lo cual la necesidad de tener una propia disciplina se legitima gracias a esta justa autonomía reconocida, a su vez, por la autoridad legislativa.

Tal autonomía, debe venir reconocida como tal por el Ordinario del lugar, con la misión y obligación de cuidarla y vigilar para que se lleve a cabo. No estamos en definitiva ante una concesión administrativa por parte de la autoridad eclesiástica, sino que es un derecho nativo de cada Instituto. Toda injerencia indebida en la vida interna de los Institutos debe ser absolutamente impedida por el mismo Obispo diocesano.

La segunda realidad va unida a ésta y es que dicha autonomía no es indiferencia ante la realidad eclesial, sino colaboración, entre otras cosas, en la pastoral. Los religiosos no pueden llevar a cabo una pastoral contraria a la situación de la Iglesia local donde están presentes, como tampoco puede ser contraria a su carisma, por ello es tan importante el intercambio de pareceres (c. 678§3).

Es necesaria la comunicación entre los Ordinarios de lugar y los Superiores mayores, de cara a evitar malentendidos y fomentar una verdadera cooperación (c. 680), que lleve a una colaboración respetuosa y en la búsqueda de reflejar una misma actitud de compromiso eclesial.

En el nuevo curso convendría restablecer un diálogo fluido en el que se superen rencillas o aspiraciones personales, de cara a establecer respuestas convergentes a situaciones que afectan de la misma manera a ambas entidades. Todo ello conduce a un necesario servicio a la Iglesia que tanto Superiores mayores como Comisión episcopal deben cuidar y, me atrevería a decir, tienen la gravísima obligación de llevar a cabo.

Fr. Miguel Ángel Escribano Arráez, ofm
Secretario General del Instituto Teológico de Murcia OFM